Intrusismo de personal laboral en funciones de funcionarios
El colectivo de celadores no puede efectuar funciones propias de Cuerpos de funcionarios, máxime en asuntos como procedimientos sancionadores en los que los derechos de las personas deben prevalecer, para lo que existen "cortafuegos" legales que impiden que cualquiera lleve adelante intervenciones administrativas, en caso contrario el funcionamiento sería anormal y anulables las resoluciones y en consecuencia el trabajo administrativo. Mejor valorar la legalidad que pretender disfrazar la protección. En CyL esta el Cuerpo y Escala de Agentes Medioambientales y los miembros del Seprona, ambos cuerpos de funcionarios que realmente tienen seguridad jurídica.

Queremos agradecerle su sugerencia y aportación al Anteproyecto de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León. Sin embargo queremos informarle que su reflexión no es compartida por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, ya que la administración tiene la obligación de optimizar todos los recursos, tanto técnicos, materiales y humanos, que están a su disposición. Por ello, se ha considerado necesario tener en cuenta que los celadores de medio ambiente pueden ser una gran ayuda a la hora de cumplir los objetivos que persigue esta norma autonómica, y por ello se ha modificado la redacción primigenia para pasar a considerar: “A los efectos de este Anteproyecto de Ley y Disposiciones que la desarrollen, tendrán la condición de agentes de la autoridad los agentes medioambientales, los agentes forestales y celadores de medio ambiente, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como los agentes de la guardia civil, de otros Cuerpos de Seguridad del Estado competentes y de las policías locales de conformidad con la legislación específica”.
9 comments
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Anónimo commented
El proceso ese de actualización no veo porqué no puede ser una promoción cruzada celador-laboral a celador-funcionario.
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Anonymous commented
La funcionarización de un colectivo no se debería hacer a la ligera. Los Agentes Forestales eran funcionarios netos que tras un proceso de actualización, con materias de estudio y examen selectivo, pudieron promocionar a Agentes Medioambientales. Ni siquiera todos los Agentes Forestales han promocionado a Agentes Medioambientales. Creo que la diferencia entre Forestales y celadores es inalcanzable, y muy erróneo utilizar eso para considerarse similares.
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Anónimo commented
Para que los celadores pudieran ser funcionarios solo haría falta voluntad por parte de la Junta de Castilla y León, el proceso de asimilación se podría hacer de la misma forma que un alto porcentaje de agentes forestales pasaron a ser agentes medioambienteles, sin tener ni bachiller ni título de técnico superior en gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos.
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Anonymous commented
Para que los celadores pudieran ser funcionarizados, antes tendrían que superar un proceso de asimilación (por ejemplo actualizarse en Legislación). Y que los integrantes del Cuerpo al que se asimilaran quisieran que ese colectivo formara parte de él. De todas formas la realización de las labores que hasta ahora hacen los celadores en CyL es de guía de caza, y eso no es una labor de un Cuerpo de funcionarios, por eso lo realiza personal laboral.
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Silvestre commented
Los dos tenéis parte de razón (PCDiez y Mar). Yo creo que el de celadores, por las funciones que tienen encomendadas y las labores que efectivamente realizan, es un colectivo que debería ser funcionarizado.
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PCDiez commented
Si nos referimos a las funciones sobre intervención administrativa como Agente de la Autoridad, hay una serie de normativa, no sólo específica, también procedimental (en este caso muy importante) que quienes pueden ejercer como Agentes de la Autoridad, funcionarios netos, tienen que conocer y saber aplicar, por eso se les exige en el temario tanto a Agentes Medioambientales como a agentes de Seprona, pero "curiosamente" no a celadores, como tantos otros aspectos. Los celadores no han desempeñado nunca lo que dice el art. 14-3 de la Ley 7/20005, porque nunca han sido funcionarios, y si lo han hecho o lo hacen, entonces ¿no es intrusismo?
P.D.: Mar, no interpretes como ofensa ese "asimilalo", esa no era mi intención. -
Mar commented
PCDiez: que el acceso sea "totalmente distinto" tampoco me parece un argumento suficiente, pues mucho más distinto es el acceso y el temario de un agente del seprona; toda una autoridad en la materia.
Por otro lado, todo lo que dice el art. 14 apartado 3 de la ley de la función pública, lo vienen desempeñando los celadores desde siempre.
P.D. Lo de "asimilalo", creo que sobraba. -
PCDiez commented
Mar: Que para ser celador haya que tener una titulación académica como la exigida para ser Agente Medioambiental, no es un argumento suficiente. El sistema de acceso es totalmente distinto, el temario es totalmente distinto y el desarrollo administrativo distinto también. Un ejemplo: para ser celador no hay que saber la Ley de la Función Pública; mira el art. 14 apartado 3 de esta Ley, y asimilalo.
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Mar commented
Yo no lo llamaría intrusismo. Para ser Celador de Medio Ambiente se requiere exactamente la misma titulación que para ser Agente Medioambiental y también tienen que superar unas pruebas selectivas similares.